206.000 € de indemnización por error diagnóstico de un tumor
La negligencia médica por error en el diagnóstico de un tumor ocurre cuando no se detecta correctamente o se identifica de forma tardía, lo que puede retrasar tratamientos esenciales y agravar el pronóstico del paciente. En este caso, confundieron un tumor benigno con uno maligno extirpando indebidamente el esófago de la paciente, que será indemnizada con 206.000 euros.
Le extirparon parte del esófago por un error de diagnóstico
De la historia clínica se desprende la existencia de diversas negligencias médicas en todo el proceso que provocaron importantes secuelas por error de diagnóstico. La paciente de 36 años fue sometida a una intervención para la extirpación de un tumor benigno de esófago. A pesar de que las pruebas iniciales como la endoscopia, el TAC y la eco-endoscopia que le practicaron indicaban que el tumor era benigno, sin embargo, al realizar la biopsia, el Servicio de Oncología comunicó a la paciente que los resultados indicaban que el tumor era maligno, con un grado de mortalidad muy elevado. Por este motivo fue sometida a una nueva intervención quirúrgica para extirparle parte del esófago, y se le instauró un tratamiento farmacológico experimental.
Pero lo que en realidad tenía la enferma era un tumor benigno, por lo que la agresiva reintervención quirúrgica se demostró innecesaria, como también el tratamiento oncológico experimental que se le suministró, que igualmente tuvo graves consecuencias para la salud de la paciente.
Errores en el diagnóstico y fallos en los protocolos médicos
La historia clínica de la paciente reveló una clara mala praxis en el diagnóstico y en la posterior intervención. A pesar de la contradicción entre las diferentes pruebas diagnósticas, los médicos decidieron proceder con una cirugía invasiva sin tomar medidas adicionales para confirmar el diagnóstico maligno. El error podría haberse evitado si se hubieran repetido las pruebas o se hubieran tomado nuevas muestras para confirmar el diagnóstico, en lugar de proceder precipitadamente.
Los protocolos médicos y el sentido común exigían actuar con prudencia, especialmente en casos de diagnósticos contradictorios. Sin embargo, en este caso, los médicos optaron por realizar una esofaguectomía y una plastia gástrica con toracotomía, intervenciones quirúrgicas extremadamente invasivas, que resultaron ser innecesarias y provocaron un daño considerable a la salud de la paciente.
Reclamación por responsabilidad patrimonial
En la reclamación presentada se argumentó que el hospital, a pesar de contar con los recursos necesarios para obtener un diagnóstico certero, no actuó con la diligencia requerida. Los médicos fallaron tanto en la interpretación de las pruebas como en su decisión de intervenir quirúrgicamente sin confirmar de manera definitiva la naturaleza maligna del tumor. Todo este proceso se podría haberse evitado si, ante el resultado contradictorio de las diferentes pruebas que le practicaron, no se hubiera operado a la paciente. Lo que los protocolos y el sentido común aconsejaban, era actuar con prudencia, confirmado el diagnóstico mediante la toma de nuevas muestras y repitiendo las pruebas.
La exigencia de la responsabilidad patrimonial a la Administración nace, no como una obligación de resultado sino, como una obligación de medios, pues exige al profesional realizar una conducta diligente comprometiéndose a poner de su parte los medios adecuados para procurar en la medida de lo posible el restablecimiento de la salud. Y es evidente que en este caso no solo no se prestaron, sino que provocaron un mayor daño.
Resolución inicial e incremento de la indemnización
En una primera resolución, el SAS reconoció el error y concedió una indemnización de 125.983 €, considerando acreditado el nexo causal entre la actuación médica incorrecta y el daño sufrido por la paciente. Sin embargo, los letrados de la paciente presentaron un recurso de revisión argumentando que la indemnización no compensaba de forma justa los daños físicos, emocionales y económicos derivados de las actuaciones negligentes.
Tras revisar el caso, el SAS aceptó el recurso y decidió incrementar la indemnización en 80.000 €, alcanzando un total de 206.000 €. Este incremento reflejó una compensación más adecuada para la paciente, quien sufrió no solo las consecuencias de las intervenciones innecesarias, sino también el impacto de un diagnóstico erróneo que la sometió a un tratamiento agresivo y a secuelas permanentes.
Este caso pone de manifiesto la importancia de actuar con extrema prudencia ante diagnósticos médicos contradictorios. La toma de decisiones apresuradas y la falta de una adecuada verificación de los resultados puede llevar a consecuencias devastadoras para el paciente.
En casos de negligencias médicas oncológicas, los tribunales deben evaluar si el profesional de la salud actuó con la debida diligencia o si, por el contrario, su falta de actuación privó al paciente del derecho a recibir la atención oportuna y adecuada.
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